Las coberturas que entregará la normativa será para las personas que cotizaron a través de la Operación Renta 2019, que se extiende desde el 1 de julio recién pasado, hasta el 30 de junio de 2020.

Se espera que las personas – en el segundo año de implementación – ya conozcan mejor los beneficios y la operativa de la nueva ley; por tanto, puedan decidir con más información cuál es la mejor opción de acuerdo a sus necesidades. Por ello, se fijó un período de transición de diez años para dejar la posibilidad de moverse de una opción a otra (total o parcial).

Aun cuando sea poco popular, la alternativa más conveniente es la cobertura Total, ya que permite acceder a todos los beneficios de la seguridad social por el 100% de los ingresos imponibles, los que, en el caso de los trabajadores a honorarios, equivalen al 80% de sus ingresos totales o brutos. Además, durante este primer año de aplicación, más de un 60% de los nuevos cotizantes fueron derivados a FONASA e ISL para todo lo que dice relación con protección en el ámbito de salud.

En el contexto antes indicado, lo más importante parece ser educar a las personas sobre la importancia de estar protegidos en seguridad social. Por ello, debemos crear conciencia en que no da lo mismo ir al trabajo con la protección de la Ley de Accidentes del Trabajo y de Enfermedades Profesionales que sin ella; que no es lo mismo saber que puedo tomar un prenatal, que temer la llegada de un hijo porque no se tendrá ingresos durante meses, entre otros aspectos que al respecto se pueden indicar.