Al detector de ingesta de alcohol o “alcotest”, se sumará el próximo año un nuevo instrumento que permitirá medir y fiscalizar el consumo de drogas en conductores. Se trata del “narcotest”, un dispositivo que utilizará la policía para constatar si hay  presencia de sustancias psicotrópicas y estupefacientes en la sangre de las personas que conducen vehículos motorizados.

Si bien, conducir bajo la influencia de alcohol y drogas constituyen  un delito en la Ley del Tránsito,  nuestro país estaba al debe en relación a la detección del consumo de drogas, por ello,  el “narcotest” contribuirá a llevar adelante la tarea de fiscalización. Asimismo, la norma publicada para la medición de consumo de drogas en conductores, estipula el proceso para la obtención de pruebas, su resguardo, y trazabilidad, con la finalidad de darle el estatus de válidas a las pruebas ante procesos judiciales.

En el caso que el conductor, en la medición con el narcotest marque como positivo para marihuana o cocaína, será trasladado a un establecimiento de salud o móvil de Senda, para efectuarle una muestra de sangre que confirme su consumo. Si se ratifica por medio de esta última muestra el consumo de drogas, el conductor será detenido por transgredir la Ley del Tránsito.

Recordar que la Ley Emilia establece lo siguiente en caso de dar positivo:

  • Si no causa daños ni lesiones o estos son leves: presidio menor en su grado mínimo, 61 a 540 días. Multas de 2 a 10 UTM y suspensión de licencia de conducir.
  • Lesiones menos graves: presidio 541 días a 3 años. Multas de 4 a 12 UTM y suspensión de licencia.
  • Si provoca lesiones graves: presidio entre 541 días y 5 años. Multas de 8 a 20 UTM e inhabilidad para conducir vehículos.
  • Si causa la muerte: presidio entre 3 años 1 día a 10 años. Multas de 8 a 20 UTM e inhabilidad perpetua para conducir vehículos.