Pareciera que algo está fallando en todo lo emprendido hasta ahora para disminuir los índices de accidentabilidad. Es fundamental tener en consideración la Ley 21.122 que comenzó a regir en enero y que reformó el Código del Trabajo en relación a los contratos que se generan por obras o faenas.

Los sectores como la agricultura, la construcción y el forestal se caracterizan por requerir trabajadores para labores temporales. Por ello, es fundamental tener en consideración la Ley 21.122 que comenzó a regir en enero, y que reformó el Código del Trabajo en relación a los contratos que se generan por obras o faenas.

Con la nueva ley se regula la indemnización por término de contrato, feriado legal, compensación y también el sistema previsional de salud. Además, si existen labores o servicios de carácter permanente, que no cesan, no serán considerados como contratos por obra o faena. Es relevante saber también que las diferentes etapas de una obra o faena no podrán por sí solas ser objeto de dos o más contratos de este tipo en forma sucesiva y, si ello ocurriese, el contrato pasará a ser considerado como de plazo indefinido; y, en relación al término de estos contratos se fijó una indemnización.

Respecto a las vacaciones señala que los trabajadores contratados en virtud de dos o más contratos por obra o faena continuos, para un mismo empleador, y que sobrepasen un año, tendrán derecho igualmente a un feriado anual de quince días hábiles al año, pudiendo el trabajador ejercer el descanso correspondiente o acumularlos, y así recibir el pago compensatorio de sus vacaciones acumuladas o pendientes al término de su contrato, de lo cual debe dejarse constancia en el finiquito.

En cuanto a la previsión de salud, se indica que si durante los últimos 12 meses calendario éstos cotizan por cuatro meses, mantendrán su calidad de afiliados por un período de doce meses a contar del mes al que corresponde la última cotización.

Uno se pregunta qué impacto tendrá esta ley en la empleabilidad. En lo inmediato, obliga al empleador a tener especial cuidado en la redacción de los contratos para cumplir con la ley. Habrá que ver cómo repercute la legislación en el empleo y en los empresarios de estos sectores productivos, a quienes se les suma más complejidad en el manejo y gestión de los recursos humanos.

 

Rolando Franco Ledesma, abogado socio de Franco & Cía.

Diario Austral Temuco